Holding en Andorra: ventajas, requisitos y cómo crearlo

La ley del Impuesto sobre Sociedades andorrana prevé un régimen especial para entidades de tenencia de valores extranjeros llamado régimen especial de tenencia de participaciones o régimen STVE.

Este régimen viene a ser conocido principalmente como el régimen holding de Andorra o sociedad holding andorrana.

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¿Como funciona la sociedad holding de Andorra?

La principal ventaja de establecer un holding en Andorra es la exención impositiva por los dividendos y las ganancias de capital percibidas de sus filiales o subsidiarias.

Para esta exención no se exige ningún porcentaje mínimo de participación ni tampoco el mantenimiento de la participación durante un periodo determinado. Esto le diferencia del régimen general de exención previsto en la ley del Impuesto sobre Sociedades.

No obstante, la mencionada exención impositiva está supeditada a los siguientes requisitos:

  • El objeto social de la sociedad debe ser exclusivamente la gestión y la tenencia de participaciones en sociedades residentes o no residentes fiscales en el Principado de Andorra.
  • Las sociedades participadas deben estar sujetas, sin posibilidad de exención, a un mínimo de tributación del 4% o ser residentes en un país con el que Andorra haya suscrito un CDI.

Respecto al punto anterior, si la compañía directamente participada no está sujeta a ese mínimo de tributación pero sí lo está la sociedad indirectamente participada, se entenderá cumplido el requisito de tributación.

Esto implica que los holdings andorranos en términos generales tributan al 0%.

Si además el titular del holding andorrana es una persona física residente en Andorra los dividendos de dicho holding andorrano distribuidos a la persona física residente tributarán al 0%, resultando en cero tributación, como si de un paraíso fiscal se tratara.

¿A quién le puede interesar una sociedad holding en Andorra?

De este modo, el régimen holding o STVE es muy atractivo para los siguientes perfiles:

  • «Family offices» que quieran establecer aquí su empresa de gestión patrimonial.
  • Sociedades de inversión en capital riesgo que quieran tener un porcentaje bajo de participación o inversión y aún así poder beneficiarse de la exención.
  • Grandes patrimonios que residen en Andorra y quieran canalizar su inversión a través de un holding.

¿Cómo puedo acogerme al régimen holding?

Los obligados tributarios que deseen acogerse a este régimen especial deben solicitarlo a las autoridades fiscales andorranas e identificarlo en la memoria de las cuentas anuales. Contáctenos mediante el formulario al final de este artículo si requiere ayuda al respecto.

¿Cómo puedo constituir un holding en Andorra?

Constituir un holding en Andorra desde un punto de vista administrativo no reviste de mucha complejidad. Deberán seguirse estos pasos:

  • Presentar la inversión extranjera en Andorra en el caso de que el constituye sea no residente.
  • Solicitar la reserva de denominación social.
  • Abrir una cuenta bancaria para obtener el certificado de desembolso del capital social.
  • Constituir la sociedad ante notario andorrano.

En el caso de que usted sea residente en Andorra en el momento de constituir un holding con estos pasos tendrá su holding prácticamente operativo.

No obstante, en el caso de que se constituya el holding como no residente, se tendrá que tener en cuenta que en la mayoría de países de la OCDE existen reglas como la sede de dirección efectiva y las CFC rules o leyes de transparencia internacional

¿Puedo tener un holding en Andorra viviendo en otro país y no pagar impuestos?

Muchos usuarios nos contactan para constituir un holding viviendo en España, Francia u otros países con el objetivo de ahorrar impuestos.

No obstante, es importante remarcar que a pesar de que esto se posible desde Andorra, traería muchos problemas tributarios en el lugar de residencia de los titulares del holding.

De hecho, a pesar de que el holding sea andorrano, la autoridad fiscal local podría reclamar sus ingresos acogiéndose a criterios de residencia residencia efectiva de la sociedad, CFC rules o transparencia fiscal internacional.

De este modo, únicamente recomendamos a no residentes crear un holding en Andorra si se trata de grandes patrimonios que puedan cumplir con lo siguiente:

  • Sustancia económica: es decir, que la sociedad holding tenga una oficina y algún trabajador. A poder ser que los trabajadores sean gestores de patrimonio o gente cualificada.
  • Dirección efectiva: a poder ser tener administradores residentes en Andorra o que el consejo de administración o administradores se desplacen a Andorra cada vez que tengan una reunión o junta.
  • Disponer de una cara visible: tener un número de teléfono, una web y una imagen real que demuestre que se está en Andorra.

Cómo establecerse en Andorra

Por los motivos expuestos, son cada vez más los grandes patrimonios que se acogen a la fiscalidad andorrana.

Si está pensando en constituir una sociedad holding en Andorra, estaremos encantados de ayudarle, siempre y cuando la medida que esté comprometido a cumplir con los requisitos de sustancia económica y dirección efectiva.

Y, si está interesado en cambiar su residencia fiscal a Andorra, le recomendamos la lectura del informe «La guía definitiva para vivir en Andorra». Para cualquier duda puede contactarnos sin compromiso alguno.

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